La Junta de Gobierno ha aprobado hoy la nueva regulación del Consejo de la Cultura de la Ciudad de Madrid y su organización interna, a propuesta del Área de Cultura, Turismo y Deporte, como consecuencia de la modificación del régimen de los consejos sectoriales municipales.
Este consejo, tal y como explica el texto aprobado, tiene por finalidad “facilitar el asesoramiento y la participación” ciudadana en el ámbito de la cultura, ofreciendo un “cauce de participación libre y eficaz a los agentes del sector cultural” y constituyendo un “espacio de encuentro y de intercambio de ideas y opiniones de todos los sectores sociales más directamente implicados en el hecho cultural en sus más diversas manifestaciones y enfoques”.
Entre sus fines se incluyen “propiciar el debate y conocimiento sobre la cultura de la ciudad” y “promover la coordinación entre los diversos sectores culturales”, así como “contribuir a la consolidación de Madrid como la ciudad culturalmente avanzada que es, con el objetivo de convertirla en uno de los principales motores culturales del mundo”.
La presidencia corresponde a la persona titular del área de Gobierno competente en materia de cultura, que designará una vicepresidencia entre las personas titulares de las vocalías.
El Pleno del Ayuntamiento de Madrid designará siete de estas vocalías
Se trata de un órgano de carácter consultivo, compuesto por presidencia, vicepresidencia, vocalías y secretaría, y que contará con las siguientes comisiones permanentes: Libro; Cine y Audiovisual; Artes Escénicas; Música y Artes Visuales.
Presencia de profesionales y representantes institucionales
Serán titulares de las vocalías del consejo diez profesionales independientes de reconocido prestigio en el ámbito de la cultura. El Pleno del Ayuntamiento de Madrid designará siete de estas vocalías, previo dictamen de la comisión permanente correspondiente al área de Gobierno en materia de cultura, mientras la persona titular del Área de Cultura designará las tres restantes.
Además, se reservan cinco representantes a los distritos; dos al área de Gobierno competente en materia de industria y dos al área competente en materia de cultura. El ministerio y la consejería de la Comunidad de Madrid del ramo contarán con un representante cada uno. También serán titulares las presidencias de cada una de las comisiones permanentes, así como un representante de la empresa municipal Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio.
Además, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las federaciones de asociaciones más representativas del sector cultural en el ámbito de la ciudad tendrán dos representantes en cada caso. Por su parte, los grupos políticos municipales contarán con un representante cada uno, con voz y sin voto.
Junto a las comisiones permanentes, habrá una comisión ejecutiva encargada de coordinar las actividades del consejo, para lo que podrá acordar la creación de los grupos de trabajo que sean necesarios para un mejor desarrollo de sus funciones.
El mandato del consejo, así como el de todos sus órganos y miembros, coincidirá con el mandato electoral, procediendo a su renovación una vez que se hayan efectuado los nombramientos de los órganos superiores y directivos del Ayuntamiento, tras la constitución del Pleno.
El consejo quedará constituido de acuerdo con la nueva regulación en un plazo máximo de dos meses desde la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.