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MADRID | Las casas de acogida de animales, a examen

Regular las protectoras sin refugio y limitar las tiendas de mascotas, novedades que contempla la normativa

Regular las protectoras sin refugio y limitar las tiendas
de mascotas, novedades que contempla la normativa

Las tiendas de animales deberán garantizar vigilancia 24 horas

La Comunidad de Madrid ha elaborado un nuevo Reglamento para la Protección de Animales de Compañía. Garantizar el control y una mayor supervisión del bienestar de los animales han sido las premisas bajo las que el Gobierno regional ha modificado el estado actual de la ley. Sin embargo, algunas de las cuestiones de la normativa han suscitado críticas entre asociaciones y protectoras.

 

Casas de acogida y protectoras

 

Regular las casas de acogida y las protectoras sin refugio, y limitar aspectos en los puntos de venta de animales son algunas de las novedades que, según el Gobierno regional, “buscan cumplir con el sacrificio cero, fomentar la adopción y la tenencia responsable”. Según el director general de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, José Luis Sanz, es la primera vez que se contempla la casa de acogida como ente de protección.

 

 

Sanz ha explicado que, de esta manera, las casas “deberán estar necesariamente vinculadas a un centro de acogida de animales registrados, y los animales permanecerán identificados a su nombre o al de la entidad que lo gestione”. Las casas de acogida tendrán la obligación de registrarse y dependerán de los centros de acogida (asociaciones protectoras), responsables de garantizar que el animal está en buenas condiciones.

 

Por otro lado, los centros de acogida sin refugio no serán eliminados sino que deberán “conveniarse” con centros de acogida que sí dispongan de refugio. 



Con respecto a las tiendas de animales, su estancia no se podrá prolongar más de dos semanas y deberán estar vigilados las 24 horas

Tiendas de animales

 

En el caso de las tiendas, se limitará el número de animales alojados en ellas y los tiempos de estancia de los mismos. Podrán alojar un máximo de ocho perros y gatos, “para evitar el uso del animal físico como reclamo y la venta compulsiva de mascotas”. La estancia máxima  será de dos semanas y deberán estar vigilados durante las 24 horas, aunque el establecimiento cierre.

 

¿Apoyos o trabas?

 

Algunos detractores de estas novedades han criticado que estas medidas, lejos de apoyar a las asociaciones y protectoras, “no son más que impedimentos”. Los rescates de urgencia en casas de acogida también han suscitado polémica, puesto que la ley obligará al registro previo del animal.

 

Desde la Comunidad de Madrid inciden en que la nueva ley es todavía un borrador, y que,  aunque el periodo de alegaciones está cerrado, continúan recibiendo sugerencias.

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