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MADRID | Madrid pone coto al ruido

El ayuntamiento ha renovado las medidas correctoras contra la contaminación acústica

El ayuntamiento ha renovado las medidas correctoras contra la contaminación acústica

En las zonas de contaminación acústica 'alta' y 'media' las terrazas podrían ver reducidos sus horarios.

Imagen: Redacción

El distrito centro mantendrá su particular cruzada contra el ruido. El Ayuntamiento de Madrid ha prorrogado la declaración de Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE), por la que se establecen medidas correctoras para combatir la contaminación acústica. El documento contempla tres escenarios: Zonas de contaminación acústica Alta, Moderada y Baja.

 

La renovación del programa llega tras su aplicación en el 2012, con el objetivo de moderar los niveles de ruido registrados, en periodo nocturno, ya que no cumplen con los objetivos de calidad acústica establecidos, llegando a superarlos, en alguna de ellas, en hasta 19 dBA. 

Alta, media y baja
  
Dentro del ámbito de la ZPAE y del Plan Zonal Específico, y atendiendo a los niveles de contaminación acústica existentes, se han establecido tres zonas con características y medidas correctoras diferentes para la recuperación acústica de estas áreas.
 
 
En el caso de considerarse ‘alta’, se aplicarán medidas más restrictivas, entre las que se incluye no permitir la apertura de nuevos locales como restaurantes o café espectáculo, salas de fiesta, discotecas o salas de baile. En los locales que ya existen, solo se admitirán los cambios de actividad cuando esta sea a otra menos molesta. La normativa contempla la reducción del horario de cierre de las terrazas.
 


La normativa contempla la reducción del horario de cierre de las terrazas

En la zona de contaminación acústica ‘media’ se aplicarán medidas restrictivas, por las que no se permitirá la apertura de nuevos locales de espectáculos públicos; actividades recreativas y otros establecimientos como bares de copas. En este caso, sí se permite la instalación de bares o restaurantes con un determinado régimen de distancias. 

 

A la zona de contaminación acústica ‘baja’ se le aplicarán las medidas menos restrictivas, entre las cuales figuran la instalación de nuevos locales de ocio nocturno, pero con un régimen de distancias entre el nuevo local y las actividades existentes, según éstas se encuentran en una zona de contaminación acústica alta (300 m.), moderada (150 m.), baja (100 m.) o sin superación de objetivos acústicos (75 m). Asimismo, se reduce el horario de cierre de las terrazas, aunque en menor medida que en el resto de las zonas.
 
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