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MADRID | Recurso contencioso administrativo: qué es y cómo proceder

Te invitamos a conocer en qué consiste un recurso contencioso administrativo, cuando puede ser interpuesto, así como los plazos que deben respetarse

Te invitamos a conocer en qué consiste un recurso contencioso administrativo, cuando puede ser interpuesto, así como los plazos que deben respetarse

Recurso contencioso administrativo

Imagen: qué es y cómo proceder

Dentro del panorama jurídico de nuestro país, un recurso contencioso administrativo permite a los ciudadanos protegerse de las decisiones de las administraciones públicas, como podría ser por ejemplo la Seguridad Social. Este recurso tiene como objetivo impugnar ciertos actos administrativos que sean considerados perjudiciales para los intereses de una de las partes. Te invitamos a conocer en qué consiste un recurso contencioso administrativo, cuando puede ser interpuesto, así como los plazos que deben respetarse.

 

¿Qué es un recurso contencioso administrativo?

 

El recurso contencioso administrativo es un tipo de procedimiento judicial que permite a los ciudadanos y empresas recurrir ante los tribunales las decisiones, actos o disposiciones dictadas por la Administración Pública que consideren que vulneran sus derechos o que son contrarias a la legalidad. Este recurso se presenta ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que es la encargada de resolver las disputas entre la Administración y los administrados.

Es importante destacar que no todos los actos administrativos son recurribles ante esta jurisdicción. Sólo se pueden impugnar aquellos actos definitivos o de trámite cualificado, es decir, aquellos que ponen fin a la vía administrativa o que deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, haciendo imposible continuar el procedimiento.

 

¿Cuándo se interpone un recurso contencioso administrativo?

 

El recurso contencioso administrativo se puede interponer en algunos ande estos supuestos:

  • Actos administrativos firmes: cuando un acto administrativo pone fin a la vía administrativa y no se ha impugnado a través de los recursos administrativos correspondientes, como el de reposición, alzada o extraordinario de revisión. Es entonces cuando se puede recurrir directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
  • Silencio administrativo: si la Administración no responde dentro del plazo legal a una solicitud o recurso interpuesto, se entiende que ha habido un acto de silencio administrativo. Dependiendo del tipo de acto, el silencio puede ser positivo, en el que se considera estimado lo solicitado, o negativo, cuando se considera desestimado. En ambos casos, el interesado puede interponer un recurso contencioso administrativo.
  • Normas reglamentarias y actos de trámite cualificados: también es posible recurrir directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa ciertas normas reglamentarias o actos de trámite cualificados que pongan fin al procedimiento o que determinen la imposibilidad de continuar el mismo.
  • Inactividad de la administración: cuando la Administración está obligada a actuar y no lo hace, se puede interponer un recurso contencioso administrativo para exigir dicha actuación.
  • Vía de hecho: en situaciones donde la Administración actúa de manera irregular sin seguir el procedimiento legalmente establecido, afectando derechos o intereses legítimos, cabe la interposición de este recurso.

 

 

Plazos para interponer un recurso contencioso administrativo

 

La legislación establece diferentes plazos dependiendo del tipo de acto o situación que se pretende impugnar:

  • Actos expresos: si se impugna un acto expreso de la Administración, el plazo para interponer el recurso es de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación del acto.
  • Silencio administrativo: en el caso de actos presuntos (silencio administrativo), el plazo para interponer el recurso es de seis meses a contar desde el día siguiente en que se entiende producido el silencio.
  • Inactividad o vía de hecho: si el recurso se interpone por inactividad de la Administración o vía de hecho, no hay un plazo específico establecido por ley. No obstante, es aconsejable interponer el recurso en cuanto se tenga conocimiento de la actuación u omisión de la Administración.
  • Normas reglamentarias: en el caso de impugnar normas reglamentarias, el plazo para interponer el recurso es de dos meses desde la publicación de la norma.

Hay que tener en cuenta que el plazo para interponer el recurso es perentorio, es decir, no se puede extender. Si se presenta fuera de plazo, el recurso será inadmitido, lo que implicará la pérdida de la posibilidad de impugnar el acto.



Procedimiento del recurso contencioso administrativo

 

El procedimiento del recurso contencioso administrativo comienza con la interposición del recurso ante el órgano judicial competente, que debe cumplir con ciertos requisitos formales. Una vez admitido a trámite, el tribunal puede acordar la suspensión del acto impugnado si se acredita que su ejecución puede causar perjuicios irreparables.

El proceso contencioso administrativo es principalmente escrito, aunque puede haber una fase oral si alguna de las partes lo solicita o si el tribunal lo considera necesario. Finalmente, el tribunal dictará una sentencia que puede confirmar, anular o modificar el acto impugnado, e incluso, en algunos casos, ordenar a la Administración que actúe de una determinada manera.

 

Aumentar las posibilidades de éxito

 

Interponer un recurso contencioso administrativo es un proceso complejo que requiere un profundo conocimiento de la normativa, así como de los procedimientos judiciales. Contar con asesoramiento especializado es fundamental para garantizar que se respeten todos los plazos y requisitos formales, así como para aumentar las posibilidades de éxito.

En Calderón Corredera son expertos en jurisdicción de lo contencioso administrativo y estan a su disposición para ayudarle. Si necesita impugnar una decisión administrativa o si tiene dudas sobre si procede interponer un recurso contencioso administrativo, no dude en contactar con ellos. Puede llamarles al 91 733 94 62 o enviarles un correo electrónico a info@calderoncorredera.com. Su equipo de abogados especializados está a su disposición para ofrecerle el mejor asesoramiento y representación en su caso.

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