El Ayuntamiento ha querido ampliar el periodo de 'prueba' en Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE), que tiene como objetivo limitar gradualmente el acceso y circulación de los vehículos más contaminantes. El objetivo es ofrecer mayor seguridad jurídica a los ciudadanos, ya que introduciendo modificaciones en la base de datos, se podrían producir sanciones indebidas por cambios de empadronamiento durante diciembre.
Así, y hasta que finalice el periodo de avisos en Madrid ZBE, el cuerpo de Agentes de Movilidad continuará realizando las labores de control para velar por el cumplimiento de la normativa y la inherente mejora de la calidad del aire en la ciudad.
Hasta el 20 de maro, la entrada no permitida constituye una infracción leve de tráfico que puede ser sancionada con 90 euros, 45 a pronto pago. A raíz de una modificación en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y a partir del 21 de marzo, se sancionará como multa de tráfico grave de 200 euros.
La media de accesos diarios captados como indebidos se sitúa en 1.454 vehículos, un total de más de 78.000 accesos en este periodo, de los cuales la tasa de vehículos reincidentes es del 31,7 %
Madrid ZBE está regulado en el artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) con el objetivo de proteger la salud humana y el medio ambiente urbano en toda la ciudad. Para ello, contempla la restricción progresiva y por anillos territoriales de la circulación a los turismos con clasificación ambiental A (diésel matriculados antes del año 2006 y gasolina previos al año 2000) desde enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Los vehículos con clasificación B y C, Cero y ECO pueden entrar, estacionar y circular sin limitaciones (salvo las establecidas por Madrid Distrito Centro para los B y los C). Quedan exentos, hasta el 1 de enero de 2025, los vehículos A destinados a distribución urbana de mercancías.
Para más información, puede consultarse la página web y el vídeo informativo que el Ayuntamiento ha publicado.