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MORALEJA DE ENMEDIO | El Tribunal Supremo mantiene la nulidad del Plan General de Ordenación Urbana

El recurso ha sido rechazado al no ajustarse a la realidad poblacional del municipio

El Tribunal Supremo mantiene la nulidad del Plan General de Ordenación Urbana

El recurso ha sido rechazado al no ajustarse a la realidad poblacional del municipio

 El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), institución que catalogó como nulo el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Moraleja de Enmedio alegando que no se ajustaba a la realidad poblacional del municipio, entre otras razones, tras una denuncia interpuesta por varios propietarios del suelo afectados. 

 
 
En un comunicado, el Ayuntamiento de esta localidad muestra su "más absoluto" respeto a las decisiones judiciales, si bien pone de relieve su "preocupación" por la situación en las que les deja esta resolución, ya que les traslada 16 años atrás, hasta 2003. Asimismo, el Ejecutivo local subrayaba que "no tiene ninguna responsabilidad" en esta situación, recordando que el PSOE "siempre" ha sustentado su oposición a la aprobación de este planteamiento urbanístico. "La responsabilidad es de quien tramitó el plan, lo hizo al aprobar con sus votos, desoyó las advertencias continuadas de la oposición e hizo caso omiso a los requerimientos de la Comunidad de Madrid", manifestaban los socialistas. 
 
 

Antecedentes 

 
El PGOU de Moraleja de Enmedio, que preveía la construcción de unas 10.000 viviendas, fue aprobado definitivamente mediante silencio administrativo por una sentencia en 2015, y fue recurrido por ser contrario al derecho y la legislación vigente.
 
 
Los recurrentes argumentaron que se produjo una tramitación "dilatada" en el plan, lo que "perjudicó los derechos de los propietarios del suelo". Además, alegaron que se incumplieron las consideraciones generales del modelo de crecimiento establecido en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
 
 


 Los magistrados, tras estudiar el escrito de los recurrentes y el posterior recurso del consistorio, ha decidido estimarlo devolviendo el planteamiento urbano al estado anterior a la tramitación

 

 

Resolución

 
Los magistrados, tras estudiar el escrito de los recurrentes y el posterior recurso del consistorio moralejeño, ha decidido estimarlo con los siguientes argumentos. En primer lugar, consideran que "no hay razones económicas para justificar el incremento de población que fija el plan", y en consecuencia a este argumento instan a que "se realice otra alternativa de planteamiento y un nuevo modelo territorial con base a las consideraciones ambientales recogidas". 
 
 
Además, aseguran que el Plan "en absoluto" cumple con las exigencias en relación al desarrollo sostenible, pues "se parte de una premisa de desarrollo poblacional no acorde con la realidad".
 
 
En el resto de puntos del recurso, los magistrados también otorgan la razón a los demandantes, devolviendo el planteamiento urbano al estado anterior a la tramitación de dicho PGOU.
 
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