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MÓSTOLES | Tienes hasta el 5 de julio para pagar el IBI

Los pagos se pueden realizar en los bancos colaboradores o mediante la Banca electrónica

Los pagos se pueden realizar en los bancos colaboradores o mediante la Banca electrónica

Si estás al corriente de pago, y así lo deseas, puedes adherirte al Sistema Especial de Pagos / de

Imagen: Alexander Raths

La fecha para realizar el pago voluntario del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, IBI, finaliza el próximo día 5 de julio. Además del IBI, también se podrá realizar el pago de la Tasa por ocupación de la vía pública con mesas y sillas y Tasa por ocupación de la vía pública con puestos y barracas.

 

Para todos aquellos interesados que no hayan recibido el correspondiente recibo, pueden obtener un duplicado en la Oficina de Atención al Contribuyente, situada en la calle Rejilla, número 11, además, pueden obtener este duplicado en las distintas Juntas de Distrito y en la Oficina de Atención al Vecino del PAU-4.

 

 

 

Facilidades en el pago

 

 

Para todos aquellos que tengan tal recibo domiciliado, deben saber que se procederá a cobrar la cantidad en cuestión desde el 1 al 5 de julio. De no disponer de la cantidad necesaria en cuenta, se podrá efectuar el pago a partir del día 6 de julio en BANCO SANTANDER, BANKIA, B.B.V.A., CAJA ESPAÑA y LA CAIXA pero, con un recargo del 5%.

 

Además, el método de pago puede realizarse mediante recibo en los distintos Bancos y Cajas de Ahorros colaboradores con el Ayuntamiento de Móstoles. Sin embargo, hay un tercer modo de pago del presente impuesto, mediante la Banca Electrónica de la página web del Ayuntamiento de Móstoles.

 

 

 

Sistema Especial de Pagos

 

 

Hasta el próximo 15 de noviembre, y con efectos para el próximo ejercicio de 2017, todos aquellos contribuyentes que se encuentren al corriente de pago podrán acogerse al Sistema Especial de Pagos (S.E.P.), para así fraccionar sus tributos en 10 mensualidades, de febrero a noviembre, con una bonificación del 5%. Eso sí, la adhesión a tal servicio obligará a fraccionar también el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y la Tasa por Entrada de Vehículos.

 

Tal servicio se puede solicitar en la Oficina de Atención al Contribuyente, y en las distintas Juntas de Distrito. 



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