La Concejalía de Medio Ambiente informa de que, con motivo del fuerte temporal que azotó nuestra localidad el pasado 2 de noviembre de 2023, se han llevado a cabo diversas acciones para mitigar los efectos y recuperar la normalidad en cuanto al arbolado urbano se refiere.
Inmediatamente después del temporal, se procedió a la retirada de los ejemplares caídos a la vía pública, totalizando ocho unidades. Posteriormente, en el día siguiente, se realizó una revisión inicial de todo el arbolado en viario. En esta revisión, se llevaron a cabo trabajos de tala o terciado de varios ejemplares que se habían descalzado o sufrido daños en su estructura. Dichas acciones fueron consideradas necesarias por los servicios técnicos para evitar caídas incontroladas, resultando en un total de 18 actuaciones, incluyendo los ocho ejemplares caídos inicialmente.
Desde entonces, se ha iniciado una revisión más exhaustiva del arbolado, incluyendo las zonas verdes, con el objetivo de identificar nuevos ejemplares que hayan sufrido daños y minimizar o eliminar riesgos. Antes de iniciar los trabajos de poda, la empresa de mantenimiento de parques y zonas verdes del municipio está llevando a cabo actuaciones, principalmente de terciado de ejemplares y alguna tala de árboles aislados. Estas acciones se realizan siguiendo las excepciones permitidas por la Ley 8/2005 de Protección y Fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid, así como la Ordenanza de Protección, Conservación y Fomento del Arbolado Urbano Público y Privado en el Municipio de Paracuellos de Jarama. – OPCFAPP- (BOE nº 110, 10 de mayo de 2022).
Al finalizar estas actuaciones, se procederá a cuantificar la compensación de todo el arbolado público que haya sido necesario talar, conforme al artículo 10 de la Ordenanza mencionada. Esta compensación se realizará con la posterior plantación de nuevos ejemplares cuando las condiciones meteorológicas lo permitan.
Legislación
Es importante destacar que la Ley 8/2005 de Protección y Fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid tiene como objetivo el fomento y protección del arbolado urbano como parte integrante del patrimonio natural de la Comunidad. Las protecciones de esta ley se aplican a todos los ejemplares de cualquier especie arbórea con más de diez años de antigüedad o veinte centímetros de diámetro de tronco medidas a nivel del suelo que se ubiquen en suelo urbano.
La ley prohíbe la tala de todos los árboles protegidos por esta normativa, y también establece restricciones para la poda drástica, indiscriminada o extemporánea, salvo excepciones concretas, como cuando exista algún peligro para la seguridad vial o peatonal. Estas disposiciones protectoras se han incorporado a la ‘Ordenanza de protección, conservación y fomento del arbolado urbano público y privado en el municipio de Paracuellos de Jarama’.
Se consideran infracciones muy graves la tala, derribo o eliminación de los árboles urbanos protegidos por esta ley, sin la autorización pertinente o incumpliendo las condiciones esenciales establecidas en la misma, salvo por razones motivadas de seguridad para personas o bienes. La realización de cualquier actividad en la vía pública que cause daños al arbolado urbano, en ausencia de medidas tendentes a evitarlas o minimizarlas, o siendo estas manifiestamente insuficientes, son consideradas infracciones graves.
Estas infracciones pueden ser sancionadas con multas de hasta 500.000 euros para las muy graves y hasta 100.000 euros para las graves. Toda esta protección ha sido incorporada en la ‘Ordenanza de protección, conservación y fomento del arbolado urbano público y privado en el municipio de Paracuellos de Jarama’ y es de obligado cumplimiento para los vecinos del municipio.