La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Parla, a iniciativa de la concejala de Vivienda, Leticia Sánchez, aprueba la interpretación de los pliegos del Plan Municipal de Vivienda que defiende los derechos de las vecinas y vecinos frente a las empresas y fondos. El objetivo, en palabras de Sánchez, “es dar respuesta a las necesidades de vivienda asequible en la ciudad, especialmente a los colectivos con más dificultades de acceso. En esa línea estamos trabajando y es la que hay que asegurar”.
Dicho Plan se reguló a través de unos Pliegos de Condiciones que las empresas adjudicatarias de esas viviendas, encargadas de su construcción y su gestión, deben cumplir. Sin embargo, desde los servicios jurídicos de la Oficina Municipal del Derecho a la Vivienda se han detectado dificultades a la hora de interpretar determinadas cláusulas en el citado pliego por ser ambiguas o inexactas para exigir su cumplimiento. En concreto, existían dificultades a la hora de determinar el procedimiento de acceso a las viviendas que quedaran vacías por parte de los nuevos inquilinos o inquilinas, al renovar los contratos de arrendamiento o incluso en el plazo de duración de la protección del precio del alquiler de dichas promociones. Por eso, “era necesario resolver la interpretación de dichas cláusulas, aclararlas, informar a las empresas y actualizarlas además a la normativa actual. Es decir, aclarar y blindar los pliegos”, resume la edil.
Se consigue así un mayor control público sobre la vivienda, se aclara la limitación de los precios del alquiler y las renovaciones de los contratos que deben cumplir las entidades que gestionan las promociones de vivienda, así como las penalidades en caso de incumplimiento
De esta forma, la Junta de Gobierno aprueba que:
- El acceso a las viviendas se realizará siempre a través del Ayuntamiento de Parla y no a través de los anuncios en portales inmobiliarios de entidades privadas y la relación privada entre empresa e inquilino o inquilina.
- Los precios de arrendamiento no son, en ningún caso, libres. Las limitaciones de renta establecidas en el Pliego se mantienen durante los 75 años que dura el periodo de vinculación entre el Ayuntamiento y las entidades que gestionan las viviendas.
- Las renovaciones de los contratos de alquiler deben ofrecerse por nuevos períodos de 7 años, con arreglo a la Ley de Arrendamientos Urbanos, en lugar de anuales o por períodos de 5 años.
- Se incluye un apartado sobre penalidades, que recoge y define el procedimiento para los casos de imposición de penalidades al adjudicatario en caso de incumplimiento.
Para realizar esta interpretación se ha contado, además de con los requeridos informes técnicos municipales, con una asesoría jurídica externa al Ayuntamiento, especializada en procedimiento administrativo, contratación y urbanismo. “Gracias especialmente a los y las trabajadoras de la Oficina Municipal del Derecho a la Vivienda que han trabajado duro para conseguir sacar adelante esta interpretación de los pliegos en defensa siempre de nuestros vecinos y vecinas”, concluye Leticia Sánchez.