Hace apenas unos días saltó a la luz una noticia que pondría el foco, una vez más, en el Ayuntamiento de San Fernando de Henares. Y es que, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid decretó la nulidad de cuatro cargos de confianza del consistorio, nombrados en el año 2019 y que ya fueron recurridos en su momento por el Partido Popular de la ciudad. Hoy volvemos a poner el acento en este conflicto con Alejandra Serrano, presidenta y portavoz del PP y diputada en la Asamblea de Madrid.
"Nosotros en el año 2019 ya presentamos un recurso al Juzgado de lo Contencioso Administrativo porque entendíamos que había cuatro cargos de confianza que habían sido nombrados y que no cumplían con la legalidad vigente", un recurso en el que fallaron a favor de los populares, declarando que el nombramiento de dichos cargos era nulo, "unos cargos que tendrían que cesar o cambiar sus funciones", explica la diputada en la Asamblea.
Recurso del Ayuntamiento de San Fernando
Tras esta sentencia, el Ayuntamiento de San Fernando presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Y alegaban que ellos simplemente tenían que cambiar el nombre de los cargos para que no creara confusiones, pero en ninguna instancia estaban obligados a su cese.
Así, la portavoz popular explica que "el 3 de marzo nos llegó la resolución del TSJM, una nueva sentencia en la que ratifica la anterior, es decir, estos cuatro cargos de confianza son nulos y, por tanto, el Ayuntamiento no puede seguir desarrollando las funciones que se estipulaban en el acuerdo de 2019, y que eran las de coordinar diferentes áreas", unas actuaciones para las que ya había un personal público encargado. "La Justicia ha vuelto a dar la razón al Partido Popular", mantiene Serrano.
Nosotros ahora estamos estudiando y valorando si esta decisión que adoptó el Ayuntamiento es suficiente
Funciones de los cargos de confianza
En esta línea, es importante señalar cuáles son las funciones que sí puede realizar este personal de confianza, "en nuestro Ayuntamiento nos corresponden siete cargos de confianza, y estos, que son nombrados por el alcalde según él estipule, pueden desarrollar cualquier función que se establezca en el acuerdo plenario propio para el nombramiento de estos cargos". Sin embargo, los cuatro implicados, que adoptaron la figura de coordinadores, "no sabemos muy bien por qué, porque nunca había existido la figura de un coordinador, no son conforme a derecho".
Por otro lado, tras el fallo de la primera sentencia, en junio de 2019, el consistorio sanfernandino ya decidió, de manera voluntaria, cambiar la denominación de los cuatro cargos implicados. "Nosotros ahora estamos estudiando y valorando si esta decisión que adoptó el Ayuntamiento es suficiente o si, por el contrario, tendrían que cesarlos porque no cumplen con lo estipulado en la sentencia", asevera Serrano.
¿Qué ficha moverá el Ayuntamiento?
No obstante, desde el PP todavía se preguntan los motivos que llevaron al Ayuntamiento a recurrir ante el TSJM, si ellos mismos decidieron acatar la sentencia del Contencioso. "Pero bueno, recurrir es un derecho que tenemos todos, así lo hicieron y nos han vuelto a dar la razón. Además, hoy es el último día para presentar el recurso, un recurso extraordinario de casación, por si quisiera el Ayuntamiento recurrir de nuevo la sentencia".
Por lo tanto, ahora es el Ayuntamiento de San Fernando el que debe mover ficha y decidir si vuelve a recurrir la sentencia del TSJM o, por le contrario, acata lo que esta dice. "Nosotros estaremos vigilantes porque, además, nosotros fuimos los que lo presentamos, y creemos que se debe acatar y cumplir con las sentencias de los tribunales" mantiene Serrano, y afirma que "seguiremos trabajando por todos los vecinos de San Fernando de Henares".