La crisis económica que la pandemia sanitaria ha instalado en algunos hogares provoca que empresas y familias se encuentren en una situación complicada a la hora de hacer frente al pago de tributos. En este sentido, el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes ha aprobado una ampliación y flexibilización de los plazos de pago de los tributos municipales.
Esta medida ha sido impulsada por el Ejecutivo local, a través de Economía y Hacienda, y pretende "atender a la diversidad de situaciones sobrevenidas durante la crisis sanitaria", tal como afirma el concejal delegado de Hacienda, Juan Olivares, que explica que estas facilidades se circunscriben "exclusivamente al ejercicio 2020", añadiéndose a un conjunto de medidas "algunas adoptadas y otras todavía por impulsar, con las que este ayuntamiento responde contundentemente al impacto económico y social provocado por la pandemia".
Ampliación de plazos
La medida aprobada implica la prolongación general del plazo de pago de los tributos correspondientes al presente año. Así, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), la tasa de basuras, las tasas por paso de carruajes/vado permanente y el Impuesto para Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) amplían su plazo de pago hasta el 30 de diciembre del año en curso.
Sanse da luz verde a la ampliación y flexibilización de los plazos de pago de los tributos municipales
Fraccionamiento del pago
También se plantea la posibilidad de fraccionar el pago, para abonar los citados impuestos en las fechas de 30 de julio, 30 de octubre y 30 de diciembre de 2020. Además, este fraccionamiento se verá favorecido por una bonificación del 2% en la cuantía del impuesto, aplicable en el último plazo de fraccionamiento.
Para acogerse al pago fraccionado es necesario presentar una solicitud por escrito antes del 10 de julio. Para facilitar el trámite, el ayuntamiento habilitará un enlace para acceder a la solicitud del fraccionamiento.
La adhesión a este sistema implica la imposibilidad del pago de la deuda en el periodo de pago general, con lo que el abono de cada cuota fraccionada se tendría que realizar en el momento respectivo de su vencimiento.