TORREJÓN DE ARDOZ | ¡Recordatorio! Últimos días para solicitar las ayudas para la factura de la luz

Hoy y mañana son los últimos días para acceder a la subvención

Hoy y mañana son los últimos días para acceder a la subvención

Ayudas para las facturas de la luz.

Imagen: Archivo

Ante la subida abusiva que está registrando el precio de la electricidad, el Ayuntamiento, a iniciativa del alcalde, Ignacio Vázquez, ha creado una nueva ayuda de 100 euros para el pago de la factura de la luz a las familias torrejoneras con ingresos inferiores a 23.726 euros y que lleven al menos diez años empadronadas en la ciudad.

 

En los últimos meses el precio de la factura de la luz está rebasando constantemente máximos históricos, llegando a superar una subida media de más del 200%. De esta forma, la factura de la luz de los últimos meses se ha convertido en la más cara de la historia, una situación que genera un grave perjuicio a las familias, sobre todo a las que tienen menos ingresos.

 

Solicitudes hasta el 11 de noviembre

 

Se podrán solicitar las subvenciones al suministro eléctrico hasta el 11 de noviembre en el registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en la Concejalía de Bienestar en avenida Virgen de Loreto, 2 y sede electrónica. Para más información puedes acceder a la página del Ayuntamiento que puedes encontrar pulsando aquí, y en el teléfono 91 656 69 12.

 

Entre los requisitos principales es estar empadronado en Torrejón de Ardoz, con antigüedad mínima a 01/01/2011. Podrá ser beneficiario del bono social eléctrico. El suministro eléctrico debe prestarse en vivienda ubicada en Torrejón de Ardoz, que constituya la residencia habitual y permanente del beneficiario/solicitante de la ayuda, circunstancia que será acreditada a través del empadronamiento.

 



El beneficiario solicitante de ayuda deberá ser titular del contrato de suministro

El beneficiario solicitante de ayuda deberá ser titular del contrato de suministro. A los presentes efectos se considerará como titular del suministro a la persona física que ha suscrito el contrato de suministro con la compañía suministradora o a la persona física que tiene la vivienda arrendada. En supuesto de arrendamiento de vivienda en el que el contrato de suministro eléctrico ha sido suscrito por el arrendador, podrá ser beneficiario el arrendatario, previa acreditación de la obligación de pago, y efectivo abono, de las facturas generadas por el suministro eléctrico. Acreditará el carácter de arrendatario y obligación de pago con la presentación de contrato de arrendamiento vigente; el pago efectivo del suministro se acreditará con los recibos o facturas abonas emitidas por arrendador u otro documento justificativo del gasto admisible en derecho.

 

Los ingresos de las personas empadronadas en la vivienda, consten o no como titulares del contrato de suministro eléctrico, han de ser iguales o inferiores a 23.726 euros. El beneficiario solicitante de la ayuda ha de haber realizado el efectivo pago del importe del suministro eléctrico correspondiente a las mensualidades de junio, julio, agosto y septiembre de 2021.

 

Documentos a presentar

 

Entre los documentos a presentar se encuentran NIF o NIE del solicitante, modelo de instancia, cumplimentar los dos anexos que se adjuntan a la instancia sobre Declaración Jurada y Comunicación de Consulta de Datos, facturas emitidas por la compañía suministradora de electricidad y documentos acreditativos del abono correspondientes a los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2021, y copia de la libreta bancaria o cualquier recibo o documento a su nombre donde figure el número de cuenta.

 

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