El Gobierno municipal ha aprobado el inicio de expediente para la contratación del servicio de inspección técnica de edificios municipales con más de 30 años de antigüedad, en cumplimiento de la Ordenanza municipal que marca el deber urbanístico que la Ley de Suelo de la Comunidad fija para que los propietarios conserven sus inmuebles.
Como titular de estos edificios, el Ayuntamiento debe acreditar el estado de sus condiciones de estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural. La empresa que resulte adjudicataria de este servicio de inspección será la que determine las obras de conservación o rehabilitación necesarias para mantener o recuperar las condiciones de seguridad y habitabilidad de cada construcción. En total, supervisará una superficie construida cercana a los de 82.000 m2, con extensiones tan dispares como los 107 m2 de una vivienda, hasta los 37.995 de las instalaciones deportivas y asistenciales del paseo del Prado, entre las que se incluyen el Centro de Protección Animal, las piscinas de verano o el edificio que ocupan el Centro de Día San Luis Gonzaga y el Juan Pablo II.
Estas revisiones afectarán a edificios con una antigüedad muy diversa, desde el colegio público Fray Pedro de Aguado, construido en 1993, hasta el Centro Ocupacional Estrella de Elola, cuya primera edificación se remonta al siglo XVIII, aunque posteriores reformas, a principios y finales del siglo XX, conformaron su aspecto actual. También se beneficiarán de estas inspecciones otras construcciones tan emblemáticas como el Antiguo Ayuntamiento, el Antiguo Lavadero o la plaza de toros. La década de los 80, con un total de ocho inspecciones, es la que acumula un mayor número de inmuebles afectados e incluye varios centros educativos, la Casa de la Juventud o el Centro Cultural Juan Prado.
Estas revisiones afectarán a edificios con una antigüedad muy diversa
Si el resultado del Informe de Inspección fuera favorable, se procederá por parte de los Servicios Técnicos Municipales a su anotación en el Registro de Edificios. Si el resultado del Informe de Inspección fuera desfavorable, deberá señalar las obras necesarias a realizar: tanto las referentes las medidas inmediatas de seguridad si procedieran, justificando que no admiten demora por motivo de inminente peligro para los ocupantes del edificio o de sus inmediaciones, como las obras necesarias para la restitución del edificio a sus condiciones de habitabilidad y seguridad estableciendo la prioridad de las mismas.
Para el alcalde, David Conde, “con la contratación del servicio de Inspección Técnica de Edificios municipales estamos dando cumplimiento a la Ordenanza Municipal que incorpora la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid y que garantiza las condiciones de habitabilidad de aquellos inmuebles que acumulen más de 30 años de antigüedad, como la seguridad de todos los inmuebles”.